“Este es un Blog con fines educativos,para el Módulo de Plan de Negocios,en la Carrera de Técnico Superior en Contabilidad del Instituto Profesional AIEP, elaborado por Carmen Quevedo, Gabriela Garrido, Guillermo Macaya y Mirta Mora, bajo la Supervisión del Profesor Claudio Salinas Allendes”
domingo, 27 de octubre de 2013
Construya su empresa en un día
La nueva ley que permitirá constituir empresas en 24 horas, fue aprobada el pasado 23 de enero por el Congreso Nacional, permitiendo iniciar una empresa en un sólo trámite y a costo cero, basada en un sistema totalmente electrónico. Para lo anterior, los usuarios deben ingresar a un portal web dentro del sitio del Ministerio de Economía que permitirá constituir sociedades, iniciar actividades y obtener un RUT en un trámite gratuito.
En la actualidad cualquier persona puede constituir una sociedad, iniciar actividades y obtener RUT en un trámite gratuito y opcional al que existe hasta hoy. Como requisitos generales, el interesado debe registrarse en el portal www.tuempresaenundia.cl y poseer firma electrónica avanzada.
Mediante el sistema tradicional, es necesario contar con un abogado para realizar la escritura de constitución, validarla en una notaría, publicarla en el Diario Oficial e inscribir la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces, tras lo cual recién se pueden iniciar actividades y obtener un RUT en el SII. Se calcula que este trámite, cuyo costo oscila entre 150 a 350 mil pesos, demora alrededor de 8 días hábiles en Santiago, mientras que en regiones el tiempo y costos suelen ser mayores.
Con el nuevo sistema electrónico, se debe seleccionar el tipo de sociedad que quiere constituir y completar un formulario guiado, sin necesidad de contar con un abogado. No será necesario firmar documentos en una notaría, porque las personas podrán hacerlo en línea con la firma electrónica avanzada, donde el Ministerio actúa como ministro de fe. Un software convierte toda la información de la sociedad en un documento final que se almacena en el Registro, tras lo cual se asigna un RUT en forma automática y en el mismo trámite de puede iniciar actividades.
A continuación detalles de la nueva forma para hacer empresas en un día y a costo cero
Acerca del registro
El Registro de Empresas y Sociedades es un registro electrónico creado por la ley 20.659, a través del cual se instaura un Régimen Simplificado que permite, con mayor simplicidad y sin costo, constituir, modificar, transformar, dividir, fusionar, y disolver personas jurídicas (empresas).
El Registro es único, rige en todo el territorio de la República, es público, gratuito, reside en el sitio electrónico www.registroempresas.cl y es administrado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. En este Régimen Simplificado es posible constituir formalmente una empresa conectándose al sitio web www.registroempresas.cl e ingresando los datos de la Sociedad y de los Socios, en un formulario electrónico dispuesto para ello (el sitio web conduce amistosamente al usuario y recomienda cláusulas frecuentes). Luego de ingresado los datos, se debe firmar este formulario. Existen 2 formas de firmarlo:
Si todos los socios poseen Firma Electrónica Avanzada (FEA), podrán firmar directamente el formulario y la empresa quedará inmediatamente constituida y con Rut asignado en ese mismo acto.
Si los socios no cuentan con FEA, pueden ir a una notaría con un Número de Atención que les asignará el sitio web y podrán suscribir con sus firmas manuscritas ante el notario, luego de lo cual éste procederá a firmar electrónicamente con su FEA el formulario electrónico. En este último caso la sociedad también quedará constituida y con Rut asignado.
El Régimen Simplificado coexiste con el Régimen Tradicional (que se basa en Escrituras en Notaria, Registro de Comercio, Diario Oficial y solicitud de Rut en el SII), pudiendo además las empresas migrar de un sistema al otro.
Los tipos de empresas que se pueden acoger a este Régimen Simplificado son los siguientes, en las fechas que se indican:
Tipos de Sociedades y sus tiempos para entrar en vigencia
- Sociedad de Responsabilidad Limitada - Constituir Mayo de 2013 / Migrar Octubre de 2013.
- Empresa Individual de Responsabilidad Limitada - Constituir Octubre de 2013 / Migrar Octubre de 2013.
- Sociedad por Acciones - Constituir Junio de 2014 / Migrar Junio de 2014.
- Sociedad Colectiva Comercial - Constituir Junio de 2015 / Migrar Junio de 2015.
- Sociedad en Comandita Simple- Constituir Junio de 2015 / Migrar Junio de 2015.
- Sociedad en Comandita por Acciones – Constituir Junio de 2015 / Migrar Junio de 2015.
- Sociedad Anónima Cerrada - Constituir Junio de 2016 / Migrar Junio de 2016.
- Sociedad Anónima de Garantía Recíproca - Constituir Junio de 2016 / Migrar Junio de 2016.
* Primer día hábil de cada mes.
Requisitos Generales
1) Registrarse previamente en el sitio. Cualquier persona puede registrarse e ingresar datos en los formularios, no obstante sólo los socios podrán firmar dichos formularios. Para registrase se debe tener la cédula de identidad a la vista e introducir los datos como allí aparezcan.
2) Poseer Firma Electrónica Avanzada. Los socios deben contar con Firma Electrónica Avanzada (FEA) para firmar los formularios. Si no cuentan con una, pueden adquirirla con alguno los Proveedores Acreditados: Acepta, www.acepta.com; E-Sign, www.e-sign.cl; E-Cert, www.e-certchile.cl.
3) Si los socios no cuentan con FEA, pueden igualmente usar el sistema. Si al momento de firmar, los socios no cuentan con Firma Electrónica Avanzada, deberán anotar el "N° de Atención" y presentarlo ante un Notario. El Notario deberá descargar e imprimir un documento preparado por el sistema, el que deberá ser suscrito por los socios con sus firmas manuscritas. Luego de ello, el Notario procederá a firmar con su Firma Electrónica Avanzada el formulario respectivo.
Requisitos Especiales
Requisitos Técnicos
1) Navegadores. Puede usar el sistema con la mayoría de los Navegadores. Se recomienda usar: Internet Explorer 8 o superior, Mozilla FireFox 9.0 o superior, o Google Chrome.
2) Java habilitado. El Navegador debe tener habilitado el componente Java.
Fuente: Tu Empresa en un día
Mirta Mora...
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